martes, 23 de julio de 2013

DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

RESOLUCIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ


Mostramos aquí parte de la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz.
Como no podía ser de otra manera, esta institución da la razón al ciudadano que sufrió el atropello por parte del Alcalde de San Roque, D. Juan Carlos Ruiz Boix, al ser expulsado del Pleno por grabar con su móvil y anteriormente evitar con la fuerza pública que ejerciera su derecho Constitucional. Anteriormente este Defensor del Pueblo ya manifestó su disconformidad, al igual que su homólogo vasco y el Defensor del Pueblo Nacional, ante éste tipo de actitudes por distintos alcaldes.

La argumentación que da el propio alcalde sanroqueño y no el ayuntamiento, es ésta que exponemos a continuación.

SI ENTENDIERAMOS AJUSTADA A DERECHO... Muy explícita la matización.

 Como se puede observar, es muy similar a lo que argumenta el Ayuntamiento de Canet de Mar:
El ayuntamiento de Canet de Mar (Maresme), por su parte, según el expediente del Defensor del Pueblo, alegó que el alcalde “tiene facultad para decidir si es posible el uso de grabadoras o cámaras de televisión” por lo que cualquier grabación de las sesiones “debe contar con la autorización del alcalde”. Igualmente, asegura que el demandante “no acreditó su pertenencia a ningún medio de comunicación, ni demostró públicamente que su finalidad fuera conocer públicamente un determinado asunto”. Además, mantiene que “no se estimó su petición” ya que cada sesión es grabada y retransmitida en directo por Radio Canet “lo que garantiza el carácter público de la sesión”.

Como pueden leer a continuación, el Defensor del Pueblo Andaluz, deja bien clara la postura legal a seguir. Cualquier ciudadano podrá observar, a la vista de los hechos y pruebas presentadas, que el Alcalde sanroqueño actuó de forma contraria a la ley y en contra del propio juramento realizado a la Constitución.

No es necesaria tal autorización, ni visto bueno del alcalde, teniendo constancia desde grabatuplenosanroque que la oposición y la secretaria general han dejado también claro que tratamos de un derecho constitucional.







Recientemente en una publicación, el Ilustrísimo Alcalde de San Roque, D. Juan Carlos Ruiz Boix, hablaba que en el proximo Pleno regularizarían la grabación de los mismos. Las palabras textuales publicadas son estas:

Cualquier ciudadano que asista a los plenos de la Corporación podrá grabar imagenes de las sesiones una vez que se modifique el Reglamento Orgánico Municipal, un cambio que se aprobará de manera inicial en el Pleno Ordinario del próximo día 25.

¿Una vez que se modifique? Que sepamos tal reglamento no prohibe las grabaciones por parte de los ciudadanos. Grabatuplenosanroque tiene constancia de que la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz ya está en poder del Ilustrísimo, desde junio. ¿No le ha quedado claro aun que no puede censurar ni poner impedimentos a la grabación y difusión de los Plenos por parte de los ciudadanos? ¿No le ha quedado claro que él NO tiene que autorizar las grabaciones pues ese derecho lo otorga la Constitución? No es que se aprobará de manera inicial. Es que en ningún momento se debió prohibir tal acción ciudadana. Según tiene constancia grabatuplenosanroque, ha sido la única vez en la historia de la democracia en San Roque que se prohibe la grabación por parte de los ciudadanos, así como que se ponen cortapisas a la hora de publicar y transcribir los plenos integramente.
 

miércoles, 17 de julio de 2013

ACLARANDO MEDIAS VERDADES

SAN ROQUE | POLÍTICA
 EL VECINO QUE DENUNCIÓ POR NO PODER GRABAR EL PLENO MANTIENE SU DENUNCIA 

- Enlaces del períodico AndalucíaInformación  

Publicación del Alcalde sanroqueño:   http://andaluciainformacion.es/campo-de-gibraltar/323479/el-ayuntamiento-de-san-roque-permitira-grabar-los-plenos/

Aclaración por parte de GRABATUPLENOSANROQUE: http://andaluciainformacion.es/campo-de-gibraltar/325874/el-vecino-que-denuncio-por-no-poder-grabar-el-pleno-mantiene-su-querella/
 
       El anuncio público realizado por el alcalde de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, hace una semana, en el que hacía constar que seguía las recomendaciones del defensor del pueblo andaluz propiciando la creación de una ordenanza municipal que permitiese la grabación de las sesiones plenarias no ha librado al primer edil de enfrentarse a la denuncia presentada por el vecino al que expulsó del pleno del 27 de febrero.
      Esta querella, presentada por la vía penal a mediados del pasado mes de mayo por parte del perjudicado, no ha sido retirada y por ahora espera la resolución del juez, que decidirá si el proceso sigue adelante o no, lo que podría dar lugar a la imputación del primer edil por no permitir al ciudadano ejercer su derecho constitucional.  
     Además, desde el entorno del denunciante recuerdan que ya en la sesión anterior, correspondiente al mes de enero, el ciudadano fue coaccionado para que dejase de grabar “y a pesar de explicarle al jefe policial de la ilegalidad de tal acción fue coaccionado y debió dejar de grabar”.  
     Estos hechos motivaron que el ciudadano en cuestión realizase un escrito con registro de entrada en el Ayuntamiento dirigido al alcalde informándole de la ilegalidad de su actuación e ilustrándole sobre jurisprudencia de Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, Tribunales Superiores de Justicia y la directrices dadas por el Defensor del Pueblo Andaluz.  
     Por tanto, cuando Ruiz Boix echó a este vecino el 27 de febrero, ya contaba con toda esta información, recalcaron las fuentes.
     Fue de este modo como el ciudadano decidió, no sólo interponer la citada denuncia, sino también contactar con una plataforma, Graba tu pleno, que cuenta con un blog a nivel nacional y del que se creó un anexo para San Roque con motivo de este caso.  

Reprimenda  
     El propio defensor del pueblo, en su respuesta a las alegaciones del Ayuntamiento y en relación con la reclamación efectuada ante esa oficina por el ciudadano perjudicado, indica al primer edil que “se abstenga de impedir a D.M.A.V.R. en particular, y cualquier ciudadano en general, la grabación de los Plenos y la difusión de dicho material”.
     Las fuentes se lamentan de que Ruiz Boix se haya querido “atribuir públicamente” el “gran logro” de que los vecinos puedan ejercer un derecho constitucional” cuando en realidad todo parte de “un toque de atención del propio Defensor del Pueblo Andaluz, que ha sabiendas de su ilegalidad ha privado de un derecho a un ciudadano por dos veces y que ha sido denunciado penalmente por estos hechos”.